Julio De Vido: la Justicia aún no tuvo la última palabra sobre prisión domiciliaria

El abogado de Julio De Vido, Maximiliano Rusconi, confirmó a PERFIL que la Cámara Federal no rechazó el pedido de prisión domiciliaria para el exministro de Planificación. Según un comunicado de prensa al que accedió este medio, la Sala II de la Cámara ordenó al juez Claudio Bonadío realizar los chequeos médicos correspondientes para establecer si accede a la demanda de tal beneficio, en virtud de la edad y problemas de salud del exfuncionario. “En el día de la fecha”, dice el texto, “la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional resolvió ordenar al Dr. Claudio Bonadio – magistrado a cargo del Juzgado Federal N°11-, en el marco de la causa conocida como GNL – 10456/2014 – realice los informes médicos correspondientes respecto del Diputado Nacional Julio Miguel De Vido, a efectos de verificar las circunstancias que, atento a su edad y estado de salud, imponen al Estado Argentino que la detención preventiva que se encuentra cumpliendo sea bajo modalidad domiciliaria”. Revocan el procesamiento de Julio de Vido y Ricardo Jaime en la causa del soterramiento Según la defensa, el exfuncionario del gobierno kirchnerista “está a semanas de cumplir 70 años” –requisito que impone la detención domiciliaria por cuestiones humanitarias– y “posee un cuadro de salud que, conforme su edad, impone la necesaria adopción de medidas precautorias”. El comunicado apunta a la Cámara Federal por demostrar una “grave falta de coherencia por parte del Juzgado Federal N°11 al punto que, al momento de rechazar la petición, siquiera se realizaron los informes médicos ni se acompañaron las constancias medicas aportadas por la defensa”. La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones no rechazó el beneficio al exministro, como se informó. “Con el voto de los Dres. Bruglia y Bertuzzi”, explica la defensa de De vido, “resolvió instar al magistrado a cargo del Juzgado Federal N°11 a realizar los informes correspondientes ante el Cuerpo Médico Forense, en estricto cumplimiento de las condiciones mínimas que ameritan la resolución de un caso del estilo y diferir la resolución respecto de la detención domiciliaria para el momento en el cual todos los informes se encuentren realizados e incorporados al expediente”. Cuadernos de las coimas: Bonadio validó los testimonios de 31 arrepentidos La defensa de De Vido, de 69 años, había justificado su petición por ser insulinodependiente, tener hipertensión arterial y enfermedad vascular coronaria, además de úlceras y un nódulo en el pulmón, y un informe médico del Servicio Penitenciario asegura que lo que padece De Vido puede tratarse en el penal de Marcos Paz, donde está detenido desde hace casi dos años. La otra justificación de la defensa es la edad del exministro, quien cumplirá 70 años en diciembre, y es el límite a partir del cual está establecido en la ley 24660 para otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria a quien lo solicite. En su fallo, los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi determinaron que aún no tiene la edad permitida a partir de la cual se le puede otorgar el beneficio: «consideramos que la actual condición de Julio De Vido no se ajusta a los términos definidos en el inciso d, del art. 32 de la ley 24.660, en atención a que no se halla configurado el requisito etario allí exigido para acceder al beneficio peticionado».

Fuente:  Perfil.com

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